Calendario 2026: cuándo es el próximo feriado después de Año Nuevo
El Gobierno nacional oficializó el cronograma de feriados y días no laborables para 2026. Tras el 1° de enero, el próximo descanso llegará en febrero, con el tradicional fin de semana largo de Carnaval.
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El Gobierno nacional de Argentina dio a conocer el calendario oficial de feriados 2026, que incorpora tres días no laborables con fines turísticos y configura un esquema con casi un fin de semana largo por mes, con excepción de enero y septiembre. La medida apunta a fortalecer el turismo interno y dinamizar sectores como la hotelería, la gastronomía y el transporte.
La normativa quedó establecida mediante la Resolución 164/2025, publicada en el Boletín Oficial, y confirma que mayo y diciembre tendrán dos fines de semana largos cada uno, mientras que el resto del año contará con al menos uno.
Cuál es el próximo feriado después de Año Nuevo
Luego del feriado de Año Nuevo (jueves 1° de enero), el primer feriado nacional de 2026 será Carnaval, que se celebrará:
- Lunes 16 de febrero
- Martes 17 de febrero
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Ambos días son feriados inamovibles y conforman el primer fin de semana largo del año, marcando el inicio del calendario turístico fuerte de 2026.
Qué se celebra en Carnaval
El Carnaval es una de las festividades más tradicionales del país. Durante esos días se realizan desfiles, corsos y celebraciones populares, con especial protagonismo en provincias como Corrientes, Entre Ríos y Buenos Aires. Además de su valor cultural, el feriado cumple un rol clave en la movilización del turismo interno.
Calendario de feriados y días no laborables 2026
Febrero
- Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles).
Marzo
- Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos.
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (inamovible).
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (inamovible) y Jueves Santo (no laborable).
- Viernes 3: Viernes Santo (inamovible).
Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajador (inamovible).
- Lunes 25: Revolución de Mayo (inamovible).
Junio
- Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (trasladable).
- Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (inamovible).
Julio
- Jueves 9: Día de la Independencia (inamovible).
- Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos.
Agosto
- Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (trasladable, no se modifica).
Septiembre
- No hay feriados ni días no laborables.
Octubre
- Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable, se mantiene la fecha).
Noviembre
- Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado desde el viernes 20).
Diciembre
- Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8: Inmaculada Concepción de María (inamovible).
- Viernes 25: Navidad (inamovible).
Feriados y días no laborables: qué diferencia hay
La Ley N° 27.399 establece que los feriados nacionales implican descanso obligatorio y pago doble para quienes trabajen. En cambio, los días no laborables quedan sujetos a la decisión del empleador y no generan pago adicional.
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Para 2026, los días no laborables con fines turísticos serán:
- Lunes 23 de marzo
- Viernes 10 de julio
- Lunes 7 de diciembre

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