1 de mayo 2026: cuánto deben recibir por ley los empleados que prestan servicios en el Día del Trabajador
El 1 de mayo, Día del Trabajador, es un feriado nacional inamovible. Si trabajás ese día, la ley establece que deberás cobrar el doble por las horas trabajadas. Conocé más sobre lo que implica esta jornada y los derechos laborales.
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Este viernes 1 de mayo, Argentina celebra el Día del Trabajador, un feriado nacional inamovible que rinde homenaje a los derechos laborales y a todos los trabajadores del país. Pero, ¿qué pasa si te toca trabajar en este día tan importante?
¿Cuánto corresponde cobrar si trabajás el 1 de mayo?
De acuerdo con la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, aquellos trabajadores que presten servicios en un feriado nacional, como el 1 de mayo, tienen derecho a cobrar el doble de su salario habitual por las horas trabajadas. Este pago adicional se aplica exclusivamente en días feriados nacionales, como el Día del Trabajador.
Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables
Es importante entender que no todos los días de descanso oficial tienen el mismo impacto para los trabajadores. La diferencia entre feriados nacionales y días no laborables radica en la obligatoriedad y en los derechos económicos de los empleados:
- Feriados nacionales: Son días inamovibles o trasladables en los que la mayoría de los trabajadores tiene derecho a descansar. Si alguien trabaja, debe cobrar un adicional. Entre estos se encuentran fechas históricas, patrióticas y religiosas de alcance nacional.
- Días no laborables: Son fechas opcionales que el empleador puede otorgar o no. No obligan a un pago adicional a menos que el convenio colectivo lo indique. Estos incluyen celebraciones religiosas o conmemorativas regionales.
¿Qué se conmemora el 1 de mayo?
El Día del Trabajador tiene su origen en los movimientos obreros de finales del siglo XIX que lucharon por mejores condiciones laborales y una jornada de trabajo más justa. En este contexto, Argentina se suma a la tradición global de honrar esa lucha por los derechos laborales y la mejora de las condiciones de empleo.
Feriados 2026: ¿Qué días no se trabajan y cuáles se pueden trasladar?
Feriados inamovibles:
- 1 de mayo (viernes): Día del Trabajador
- 25 de mayo (lunes): Día de la Revolución de Mayo
- 9 de julio (jueves): Día de la Independencia
- 8 de diciembre (martes): Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre (viernes): Navidad
Feriados trasladables:
- 15 de junio (lunes): Paso a la Inmortalidad del General Martín Güemes
- 17 de agosto (lunes): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- 12 de octubre (lunes): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 23 de noviembre (lunes): Día de la Soberanía Nacional
Días no laborables:
- 23 de marzo (lunes)
- 10 de julio (viernes)
- 7 de diciembre (lunes)

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