Si bien tiene algunos asteriscos, lo aprobado por el Comité Ejecutivo en la última asamblea marca un cambio de paradigma. Ahora, si algún club o jugador se niega (por fuera de los plazos establecidos) a representar a los seleccionados nacionales en cualquier división, será pasible de sanción y no podrá actuar durante ese periodo.
El Comité Ejecutivo aprobó por unanimidad una modificación en el artículo que habla sobre “Cesión de jugadores” y se deja asentado que, exceptuando ciertos parámetros en cuanto a plazos y situaciones puntuales, los clubes estarán obligados a ceder a los jugadores a los seleccionados argentinos, ya sea menores en todas sus divisiones y hasta fútbol femenino, futsal y fútbol playa para los torneos oficiales los organizados por la FIFA, la Confederación Sudamericana de Fútbol y el Comité Olímpico.
Con excepción de la convocatoria por parte de las Selecciones “A” masculina y femenina, las citaciones para el resto de las Selecciones de todas las disciplinas y categorías, se harán noventa días previos a la fecha de iniciación del torneo oficial y una vez hecha, los jugadores quedarán afectados, salvo que las instituciones dentro de las 48 horas se opusieran a que se los afecte por escrito, según reza el artículo al cual tuvo acceso Doble Amarilla.
En cuanto al rol de los clubes, se aclara que podrán disponer de los jugadores nominados hasta cuarenta y cinco días previos a la fecha de iniciación del torneo para el cual fue convocado, a partir de cuyo momento quedarán a disposición de la Selección Nacional, con excepción hecha de aquellos jugadores que deban disputar, para su club, partidos oficiales de Primera División y que podrán integrarse al mismo veinticuatro horas antes, debiendo volver a la Selección inexcusablemente finalizado dicho encuentro.
I► Te puede interesar: portante acuerdo entre la AMB y la IBA para cambiar el futuro del boxeo
Y para evitar cualquier malentendido en cuanto a límites, el texto continúa con la aclaración que: “Quince días previos a la iniciación del torneo oficial para el cual el jugador fue citado, la excepción del artículo anterior no podrá ser invocada por los clubes bajo ningún concepto”.
Aquí es donde viene la novedad y la importancia de la modificación. “Todo jugador con edad para participar en el torneo oficial designado y convocado que sin causa justificada no concurra a cualquier citación dispuesta por el Director Técnico, autoridad u organismo competente de la AFA, para entrenamientos, concentraciones, cotejos concertados, prácticas, etc. quedará automáticamente inhabilitado para integrar equipos de cualquier disciplina, categoría y de cualquier club por todo el lapso que perduren las actividades y partidos del Seleccionado”. No conforme, será sometido al pronunciamiento final y sanciones correspondientes por parte del organismo disciplinario que corresponda.
A modo de cierre, se deja asentado que, para las competencias no oficiales, habrá un régimen similar, pero con la particularidad que se confeccionará una lista de jugadores treinta días previos a dicha competencia y los clubes deberán comunicar su decisión de no cederlo, dentro de las 24 horas. Pasado dicho lapso, estarán definitivamente afectados.(AFA)
Comentarios