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Un repaso, punto por punto, de toda la información importante y necesaria para este Balotaje

Un repaso, punto por punto, de toda la información importante y necesaria para las Elecciones Generales 2023.

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¿Cuando se vota?

Las elecciones de segunda vuelta se llevarán a cabo el domingo 19 de noviembre de octubre entre las 8:00 y las 18:00 horas.

¿Dónde se vota?

El lugar de votación de las elecciones generales suele ser el mismo del de las P.A.S.O. y que en las generales pero puede ocurrir que haya cambios, por lo que es conveniente que antes del día de la elección hagas una nueva consulta.

Podés verificar el establecimiento de votación, el N° de mesa donde votás, el N° de orden y el ejemplar del documento ingresando a www.padron.gob.ar






¿Qué se vota este domingo?

Este domingo es muy sencillo: hay que elegir solo presidente. Solo dos boletas, dos candidatos: Sergio Massa o Javier Mieli.

¿Quiénes pueden votar?

Todos los ciudadanos argentinos mayores de 16 años y extranjeros mayores de 18 años que estén inscriptos en el padrón electoral.

¿Cómo se vota?

El elector deberá presentarse en el local de votación con su documento. Deberá presentar el documento a la autoridad de mesa y ésta le entregará un sobre vacío con el que deberá ingresar al cuarto oscuro. Allí tendrá que elegir las boletas correspondientes a las cuatro categorías y las meterá en el sobre. Al salir, tendrá que depositar el sobre en la urna y la autoridad de mesa le dará el comprobante o de votación.

¿Con qué documentos se puede ir a votar?

Las personas deberán presentarse en la mesa que les fue asignada con cualquiera de los siguientes documentos:

  • Libreta de enrolamiento o libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • DNI libreta celeste (incluso el que contiene la leyenda “No válido para votar”)
  • Nuevo DNI tarjeta.
  • Cualquier DNI sirve para votar, siempre y cuando sea el mismo que figura en el padrón o una versión posterior.
  • No podrán votar quienes presenten el “DNI en su celular” o DNI digital, según explica la CNE.

Para las personas que viven fuera del país el voto es optativo y están automáticamente habilitadas para votar, mientras tengan DNI argentino y domicilio en el exterior.

¿Qué pasa si faltan boletas cuando llego al cuarto oscuro?

En ese caso, es necesario avisarle a la autoridad de mesa que faltan boletas, pero sin revelar el voto, ya que podría ser impugnado. Decir: “faltan boletas”, sin mencionar de qué partido.

¿Cuándo comienza y termina la veda electoral?

El Código Electoral Nacional establece que la campaña electoral debe finalizar 48 horas antes de la apertura de los comicios. Es por esto que, desde el viernes a las 8 de la mañana y hasta las 21 del domingo, rige el período que se llama “veda electoral”.

¿Qué pasa si no voto?

Todos los argentinos nativos o por opción (es decir, cuando una persona es hija de padres argentinos y elige esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años están obligados a votar en las elecciones de 2023. En el caso de las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país), el deber rige desde los 18 años.

En caso de no votar, estos electores deben afrontar el pago de una multa o pueden recibir sanciones, salvo que se encuentren dentro de los grupos de exceptuados y justifiquen su ausencia en los comicios, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.

¿De cuánto es la multa por no ir a votar?

Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.

En caso de no hacerlo, el Código dispone en su artículo 125 que el infractor no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.

Si no voté en las últimas elecciones, ¿puedo votar en en el balotaje?

Sí. No participar en las elecciones primarias de agosto o generales de octubre, no exime a la persona del derecho y la obligación de sufragar en los comicios generales de octubre.

Para poder emitir su voto, los electores sólo deben cumplir con 2 condiciones: figurar en el padrón electoral y acreditar su identidad con un documento habilitante.

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