POLICIALES

Se metieron a un campo, mataron animales con una escopeta y los faenaron con un hacha: fueron condenados a muchos años de prisión

Un tribunal de segunda instancia incrementó las penas impuestas a tres hombres que cometieron el delito de abigeato calificado en Humberto Primo

Entre las 20:00hs y las 21:00hs., del sábado 13 de marzo del 2021, tres hombres planearon y ejecutaron el ingreso a un campo con el único objetivo de apropiarse de dos cabezas de ganado.

Los atacantes mataron a los animales con una escopeta calibre 22 que tenían sin la debida autorización legal y los faenaron con un hacha y un cuchillo que había llevado consigo. Relató la fiscal Fabiana Bertero y agregó que “luego cargaron la carne y las armas en la parte trasera del vehículo y abandonaron el lugar”.

“Aunque tuvieron la intención de fugarse, los condenados fueron interceptados en las cercanías del campo por personal de la Sección Sunchales de la Dirección General de Seguridad Rural Los Pumas, quienes los aprehendieron en el momento”

Los camaristas Cristian Fiz, Matías Drivet y Alejandro Tizón incrementaron las penas impuestas a tres hombres que cometieron el delito de abigeato calificado en Humberto Primo (departamento Castellanos). Así lo dispusieron a pedido de la fiscal Fabiana Bertero en los tribunales de Rafaela.

Mariano Líbero Espindor (de 42 años) fue condenado en segunda instancia a cuatro años y seis meses de prisión efectiva; mientras que Jorge Alejandro Espindor (22 años) y Diego Daniel Van Mullen (29 años), a cuatro años de prisión efectiva para cada uno.

El tribunal de Alzada hizo lugar a lo solicitado por la Fiscalía en un recurso de apelación y revocó el fallo de un juicio oral en el que se había determinado que los condenados habían cometido una tentativa de abigeato en vez de un hecho consumado.

Bertero no solo representó al MPA durante todo el proceso judicial, sino que también fue quien tuvo a su cargo la investigación.

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Agravios

Bertero recordó que “en febrero de este año, a Mariano Espindor se le habían impuesto tres años de prisión efectiva y a los otros dos condenados, dos años y ocho meses de prisión condicional para cada uno”.

“En la audiencia de apelación planteamos que el tribunal del juicio oral incurrió en un error de apreciación al analizar si los condenados concretaron o no el apoderamiento ilegal de dos vacunos”

“Probar la sustracción de animales ajenos no exige demostrar que los autores del ilícito hicieron algo con ellos (si los vendieron, regalaron, escondieron, comieron)”, sostuvo Bertero y remarcó que “basta con dar cuenta de que los condenados estuvieron en condiciones de disponer de esos bienes”. En tal sentido, aseguró que “no hay dudas de que tuvieron el ganado en su poder”.

Por otro lado, la Defensa también apeló la sentencia de primera instancia pero todos sus agravios fueron desestimados por los camaristas.

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Calificación penal

Los dos hombres de apellido Espindor y Van Mullen fueron condenados como coautores de abigeato calificado y tenencia ilegítima de arma de uso civil.

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