PROVINCIALES

Se aprobaron los cambios en la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe: los pliegos se discutirán a partir de diciembre

La norma amplía a siete el número de integrantes del tribunal superior de justicia y determina que los mandatos terminan a los 75 años. Desde la semana próxima serán dos las vacantes.

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El Poder Ejecutivo promulgó y publicó en el Boletín Oficial de este lunes 25, la Ley N° 14.292 que modifica varios artículos de Ley Orgánica del Poder Judicial -10.160- especialmente en lo que refiere al funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia.
La norma aprobada con 34 votos en Diputados -pese a que ese día faltaron dos legisladores oficialistas, y por el oficialismo en el Senado- , eleva a siete el número de ministros de la Corte -hoy son seis- y determina fehacientemente en 75 años la edad del retiro de los integrantes, o bien necesitan un nuevo aval legislativo por cinco años.
La promulgación de la norma se da a pocas horas en que habrá dos vacantes en la Corte -este fin de semana se hace efectiva la renuncia de Mario Netri y existe una nueva banca- mientras que María Angélica Gastaldi se retirará el 2 de abril venidero.
La cobertura de las vacantes hoy parece no estar en el centro de la preocupación política del Ejecutivo donde se sigue con detenimiento el minuto a minuto de la discusión por la posible declaratoria de necesidad de la reforma constitucional.

"En diciembre o principios de febrero estarán los nombres para cubrir las vacantes" se dice en Casa Gris donde no descartan que las sean cuatro los sillones a cubrir a esa altura del año. En ámbitos de la política empiezan a trascender nombres de posibles candidatos pero que no confirman al lado de Maximiliano Pullaro. "Se compone con siete ministros/as y un/a procurador/a general, debiendo esa conformación procurar el cumplimiento del principio de paridad de género y reflejar diversa procedencia regional", dice la nueva ley en la redacción del artículo 11 de la 10.160. Lograr equilibro entre los distintos sectores políticos del oficialismo y del justicialismo, más regionalización y paridad es la clave para conocer a los candidatos a cortesanos.
Otro artículo determina que "la Legislatura de la Provincia preverá en el procedimiento llevado adelante por la Comisión de Acuerdos, la instrumentación de una instancia abierta para incluir preguntas y observaciones de la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, previo al dictamen necesario para la aprobación de los respectivos pliegos". Esta normativa hace prácticamente imposible que nuevos nombres se puedan discutir antes de fin de año teniendo en cuenta que las dos últimas semanas tienen jornadas no laborales y feriados por Navidad y fin de año. Todo parece indicar que pasará para febrero para que el tema abra el año legislativo. Unidos ha definido que serán centrales para la Extraordinaria de diciembre la finalización de la votación del Presupuesto 2025 y la Tributaria del año siguiente.
El Poder Ejecutivo, en tanto, debe determinar si sigue vigente el decreto del ex gobernador Jorge Obeid que establecía cómo se hacía pública la nominación de un postulante para la Corte ante la opinión pública.
La nueva norma dispone que "los/as ministros/as y el/la procurador/a general son designados conforme a lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Provincial. Cesan automáticamente en sus funciones al alcanzar los 75 años de edad. Dicho cese no se encuentra sujeto a decisión o condición alguna y se produce, de pleno derecho, el mismo día que alcancen esa edad". Después habilita la extensión por cinco años del mandato pero con nuevo acuerdo legislativo.
También la reforma propone audiencias públicas en la Corte "en todos los asuntos jurisdiccionales sometidos a su conocimiento, con el objeto de elevar la calidad institucional, profundizar el estado constitucional de derecho y acercar la labor del cuerpo al escrutinio público, la Corte Suprema puede convocar a audiencias públicas cuando así lo dispongan la mayoría de sus ministros".
En cuanto al funcionamiento del máximo tribunal, dispone que "la Corte Suprema de Justicia cuenta al menos con dos secretarías, una de Gobierno y otra Técnica, con asiento en la ciudad de Santa Fe, a las cuales les competen las funciones asignadas por la ley, por la Corte Suprema de Justicia y, en su caso, por la Presidencia del Cuerpo. Cada una de ellas dispone de la asistencia de una prosecretaría, las que deberán tener asiento una en la ciudad de Santa Fe y otra en la ciudad de Rosario, a las cuales se les podrán delegar las funciones asignadas a los Secretarios en los términos que establezca la reglamentación".
El nuevo texto legal determina que los todos los integrantes del Poder Judicial, incluso los ministros de la Corte y el Procurador General, deben: Observar una conducta irreprochable; guardar absoluta reserva respecto de los asuntos vinculados a sus funciones; formular, antes de asumir sus funciones, declaración jurada de no hallarse comprendidos en causal de inhabilidad o de incompatibilidades. Cualquier alteración en las situaciones denunciadas en la declaración jurada debe comunicarse a la Corte Suprema dentro de los treinta días de producida; presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días de asumido el cargo y del cese en sus funciones; asistir diariamente a sus despachos, cumpliendo el horario que determine la Corte Suprema. Además de ello, los secretarios y empleados deben asistir el tiempo que sea necesario para cumplir al día sus funciones.
El Litoral

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