Reformas al Código Procesal Penal, a las orgánicas del MPA y de la Defensa están en la agenda. Además una norma sobre gobernanza de datos y de acceso a la información pública.
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Contra la costumbre histórica, todo parece indicar que el receso legislativo no empezará el 31 de diciembre y que al menos durante la primera quincena de enero habrá actividad parlamentaria para dar respuestas al paquete de proyectos remitidos por el gobernador Maximiliano Pullaro.
No dejaría de ser una señal importante hacia la sociedad abrumada por el ajuste económico, calor, nuevas tarifas, etc. Un mes de receso de la política parece ser un privilegio de casta, especialmente cuando la nueva Legislatura está empezando a transitar el lapso de cuatro años y muchos de sus integrantes no encontraron la oficina donde guardar sus pertenencias.
Y más allá de las cuatro leyes sancionadas en la primera semana, resta el tratamiento una docena de proyectos que reclama el Poder Ejecutivo y que ameritarán una lectura profunda antes de llegar al recinto para evitar yerros. Es que hay previstas modificaciones importantes al funcionamiento del sistema procesal penal, tanto a través del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y al servicio de la Defensa Pública que ha provocado alguna preocupación interna en ambos cuerpos. Es que la gestión tiene puesto el ojo en cómo funcionan ambos organismos, más allá de la independencia de la que deben gozar. Habrá que mirar el rechazo a pliegos de defensores y fiscales en una de las últimas asambleas legislativas. Eran pliegos enviados por Omar Perotti que las espadas del Pullaro de entonces se encargaron de frenar. La voz cantante fue el hoy ministro de Gobierno, Fabián Bastía.
Algunos de los temas que serán leyes entre los dos jueves que restan de diciembre y uno o dos de enero., serán los siguientes:
Fortalecimiento del MPA: el objetivo es potenciar a la fiscalía general como máxima autoridad a través de facultades legales y reformas a la función de persecución penal. En la cabeza del MPA estará la dirección jurídica de la investigación y la litigación de las causas, mientras que la policía llevará adelante -mediante protocolos y directivas formales- la investigación técnica y científica. Se prevé darle facultades a la fiscalía general para crear unidades especiales y emitir instrucciones particulares (en casos concretos poder instruir a los fiscales a cargo de las investigaciones). La Junta de Fiscales tendría sólo una función consultiva -no poder de veto- en las decisiones del fiscal general. En el articulado se modifica el régimen de carrera y de sanciones disciplinarias.
Ley de Agencia de medidas no privativas de la libertad: tendrá a su cargo el control, tutela, asistencia de toda persona que por disposición judicial está sujeta a alguno de los institutos, como por ejemplo salidas transitorias y semilibertad, libertad condicional y prisión domiciliaria. Tendrá una amplia posibilidad de articulación (gobiernos locales, instituciones sociales, empresas privadas) con un diseño de paquetes de medidas adaptables según necesidad, categorizando en módulos general de control, módulo de asistencia al liberado, módulo de trabajo comunitario y módulo de intervención específica para ofensores sexuales.
Ejecución de la pena privativa de libertad: Pretende regular el régimen penal-ejecutivo, en el que actualmente existe un vacío normativo, puesto que la ley nacional 27.375 acotó el carácter de "ley marco" otrora reconocido a la ley 24.660. En su articulado regula los institutos propios del régimen de progresividad de la pena, incluso las salidas transitorias y semilibertad, con relativa autonomía de la legislación nacional. Crea la Cámara de Apelaciones de Ejecución Penal y Supervisión Carcelaria, organismo que concentrará las apelaciones en materia de ejecución penal y hábeas corpus, y tendrá competencia consultiva para anticipar criterios de interpretación y aplicación de la ley penal-ejecutiva.
Producción y gestión de la información para la prevención del delito: establece un sistema para la obtención, reunión, sistematización, análisis y difusión oportuna que posibilite la toma de decisiones para prevención del delito y una eficaz gestión de los recursos. Así la Subsecretaría de Inteligencia Criminal tendrá la conducción política; una dirección de Información Patrimonial y un área policial de información estratégica a través de la Central de Inteligencia y Operaciones Especiales.
Juicio por jurados: sería obligatorio para ciertos delitos, con unanimidad para algunos casos y mayorías agravadas en hechos de criminalidad organizada.
Reformas al Código Procesal Penal: es una consecuencia de los demás proyectos, especialmente del funcionamiento de la fiscalía, etc. Además amplía el plazo de detenciones a imputados en determinados delitos.
Servicio Público Provincial de Defensa Penal: prevé el cobro del servicio a los que tengan recursos económicos para afrontarlos así como el mecanismo para la tercerización de servicios. Reducen la cantidad de cargos y se interrumpirán los ingresos hasta que, de acuerdo con la cantidad de funcionarios establecida en este proyecto, sea necesario volver a llamar a concurso.
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Ley orgánica del Poder Judicial: Apunta a cambios en el procedimiento y trámite de la
s causas que se susciten por las cuestiones relativas al fuero de Familia y de Responsabilidad Extracontractual pasando de juzgados colegiados a unipersonales. También pretende dotar a la justicia de Distrito Civil y Comercial, de mayor dinámica y agilidad procesal, incorporando nuevos Juzgados de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial y creando nuevas Salas, en la Circunscripción primera y segunda de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
Presupuesto
Además de normas referidas a justicia y seguridad, Diputados fijó tratamiento preferencial para el Presupuesto 2024 para el jueves venidero. En el medio se espera que el Ejecutivo envíe el mensaje sobre Ley Tributaria 2024 que debe entrar en vigencia el 1 de enero.