El Congreso aprobó una nueva Ley que regula los alquileres de inmuebles para vivienda en la Argentina. Entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial.
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En las primeras horas de este miércoles, la Cámara de Diputados convirtió en Ley la reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado que había impulsado el oficialismo. La nueva norma establece que los contratosmantendrán una duración de tres años, se pactarán en pesos y se actualizarán cada seis meses, usando el Índice "Casa Propia". Los puntos principales de la nueva Ley de Alquileres.
- Plazos del contrato y actualización
La nueva ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, contrariamente a la normativa que actualmente está vigente que permite una sola actualización por año del valor del alquiler.
- Ajuste de alquileres: cómo se aplica la fórmula
Para los nuevos contratos se establecerá la aplicación del índice "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, que se usa desde 2021 para calcular el ajuste de las cuotas de los créditos hipotecarios Casa Propia y Procrear II.
- ¿Qué es el índice Casa Propia?
La fórmula tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.
El mismo estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,90 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) publicado por el Banco Central (BCRA).
- Alquileres: ¿se puede hacer contratos en dólares?
El nuevo texto de la norma aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse siempre en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
- Recorte de impuestos para propietarios e inquilinos
También se incorpora un incentivo fiscal relacionado al Monotributo, al disponer que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago de la cuota del Monotributo".
Por otra parte, se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional, la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados".
En tanto, quedó plasmado otro beneficio según el cual "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".
FUENTE: AIRE DIGITAL