Las aseguradoras solo brindarán el servicio en casos de accidente, incendio o hurto.
A finales de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso que las compañías aseguradoras dejen de ofrecer el servicio de remolque de vehículos a menos que se cumplan una serie de requisitos. La resolución 217/24 publicada en el Boletín Oficial abrió una serie de interrogantes sobre cómo seguiría la prestación, a quiénes alcanzaría y desde cuándo.
Desde el 24 de julio, el servicio de remolque, asistencia y estadía se brindará solo a aquellos que sufran un accidente o un incendio en su vehículo. La medida también alcanza a los rodados que sean blanco de robo o hurto: el vehículo será trasladado hasta el lugar donde se pueda inspeccionar, reparar o poner a disposición del asegurado.
Cabe remarcar que, a partir de la fecha mencionada, no hay más cobertura del remolque ante desperfectos mecánicos o cualquier inconveniente que no derive de un accidente, incendio, robo o hurto.
Por el momento, las grúas siguen cubriendo los desperfectos mecánicos. El 1º de julio habrá una comunicación a los asegurados para advertirles del advenimiento del final de los servicios de acarreo ante fallas vehiculares, según indicó el titular de la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Santa Fe, Mario Assenza.
“Será como antes de que estuviera la cobertura. A diferencia de esa época, la cobertura por siniestros para los asegurados está ampliada. Ahora están cubierto todo tipo de vehículos, hasta pesados inclusive, por cualquier tipo de siniestro”, explicó.
Seguros: servicio adicional
Assenza señaló que las compañías tienen prohibido ofrecer servicios adicionales de acarreo aparte de la póliza luego del 26 de julio, según lo dispone la resolución 217/24 de la SSN. En este sentido, añadió: “No sé si algún productor suelto se dedica a vender el servicio como algo adicional, pero a nivel compañías no se puede ofrecer el acarreo por desperfectos mecánicos como adicional”.
Por otro lado, el titular explicó en diálogo con a La Capital: “Las aseguradoras tienen 90 días desde que se publicó la resolución (el 24 de abril) para adecuarse”.
La queja de los productores de seguros en relación a este servicio es que deben interceder ante fallas mecánicas cuando, en realidad, la esencia de las pólizas es la atención de siniestros. Además, señalan que quedan en el medio del usuario que no recibe el servicio correctamente cuando la grúa no llega y la imposibilidad de reclamar ante las empresas tercerizadas que ofrecen los acarreos.
Antes de que se implementara este servicio, a principios de los 2000, el Automóvil Club Argentino (ACA) se encargaba de remolcar los vehículos varados sin costo por un máximo de 30 kilómetros, según recordó Assenza. El excedente de esa distancia tenía un costo.
Presentación en la Justicia
Hace pocos días, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Acuda) presentó un amparo colectivo contra la SSN que busca declarar la nulidad del artículo 2 de la resolución, relacionado específicamente a la eliminación de los servicios de remolque en caso de fallas mecánicas.
Además, solicitó que se dicte una medida cautelar para que se mantenga este servicio en particular. Los argumentos de Acuda para presentar la demanda se centran en las varias desventajas que tendrán los consumidores, ya que deberían pagar casi lo mismo por una póliza que no incluye el servicio de acarreo por falla mecánica y, además, buscarse dicho servicio por sus propios medios, con el consiguiente pago adicional que eso conlleva.
Precio de las pólizas sin grúa
En el esquema de las aseguradoras, las grúas son un servicio con pago capitado, es decir, por cantidad de usuarios y no por cantidad de usos del servicio.
La principal consulta por estos días es si la cancelación de los servicios por acarreo ante desperfectos mecánicos se trasladará a una baja en el costo de las pólizas de seguro. Al tener el esquema mencionado, Assenza consideró que no se va a ver una reducción sensible en caso de que la resolución comience a regir.
Resta conocer, además, qué pasará con las contrataciones previas a la fecha de la resolución, así como también las pólizas que se renovaron con anterioridad al 24 de abril.
Si bien la mayoría de las empresas aseguradoras todavía no tomaron una decisión, algunas ya prevén devolver, con notas de crédito, el monto correspondiente por el costo capitado que pagan en relación a los acarreos por fallas mecánicas.
unosantafe