A Pablo Daniel Szuldman le encontraron una importante cantidad de drogas. Había sido sobreseído porque el juez Casanello consideró que eran para consumo personal, pero los camaristas Llorens y Bertuzzi revirtieron esa decisión. También ordenaron profundizar las pesquisas sobre las dos jóvenes que lo acompañaban.
La Sala I de la Cámara Federal porteña agravó la situación de Pablo Daniel Szuldman, un hombre que había sido procesado por el juez Sebastián Casanello por el delito de portación de armas de guerra que fueron halladas cuando revisaron su auto que había quedado abandonado en el Aeroparque.
El 14 de octubre pasado agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) habían detectado a un hombre en una situación sospechosa. Lo llevaron a una oficina para hacerle una revisión exhaustiva. No hallaron nada. Pero antes de que terminaran los trámites, el hombre se había ido del lugar. Un testigo lo había visto arrojar al suelo un pañuelo de papel que envolvía una sustancia rara. Era cocaína. A raíz de ese hallazgo los agentes de la PSA inspeccionaron el auto que había dejado en el estacionamiento del Aeroparque y encontraron dos armas con municiones, y también más cocaína, marihuana y metanfetamina.
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En el caso intervino el juzgado de Casanello junto a la fiscalía de Alejandra Mángano. Los agentes de la PSA encontraron dentro del auto -un Audi S5 Coupe-un revolver Taurus calibre .38 con empuñadura de madera y 25 balas del mismo calibre. Y también una pistola semi automática Astra Unceta 9 mm, tres cargadores para esa arma y 32 balas de ese calibre. Las armas- una tenía la numeración limada- estaban en condiciones de ser disparadas. Durante el avance del caso Szuldman confesó haber comprado las armas de manera irregular. Además no tenía permiso de portación de armas.
El juez procesó a Szuldman, dueño del auto, por el delito de portación ilegítima de armas de guerra y encubrimiento por la numeración limada de la pistola. Y lo sobreseyó por la tenencia de la droga porque consideró que era para consumo personal. Para sobreseerlo Casanello se remitió al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación conocido como “Arriola” que había declarado la inconstitucionalidad del artículo de la ley que pena la tenencia de escasa cantidad de droga para uso personal. El imputado había presentado un escrito en el que consumía marihuana y cocaína por cuestiones de salud.
El caso de Szuldman se había iniciado porque aquella mañana de octubre de 2022 un empleado de la oficina de Aerolíneas Argentinas situada en el Aeroparque notó algo extraño cuando un hombre de 56 años adquirió tres pasajes para ir a Santiago de Chile. Junto al hombre mayor había dos mujeres muy jóvenes en una actitud que hizo sospechar que era un caso de trata.
Ante la advertencia del empleado de Aerolíneas Argentinas los agentes de la PSA los paró en la zona de embarque Internacional. Las mujeres resultaron ser tía y sobrina que compartían apellido. Ambas tenían 19 años y aseguraron que viajaban con Szuldman sin ningún tipo de coerción.
Por orden de Casanello las dos mujeres fueron entrevistadas por profesionales del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Las dos admitieron que desde hacía un año mantenían encuentros por dinero con Szuldman. Que no siempre eran encuentros sexuales, sino que a veces eran solo salidas a cenar y que el hombre jamás se había comportado de forma violenta con ellas. Las dos -que contaron que tenían encuentros sexuales con otros clientes- señalaron que vieron que Szuldman consumía cocaína pero que no las involucraba en esa situación. Fue entonces que explicaron el porqué de la presencia en el Aeroparque: le habían pedido a Szuldman, a cambio del último encuentro que habían mantenido, que les pagara pasajes y estadía en Santiago de Chille. El viaje no se pudo realizar por lo sucedido aquel día en el Aeroparque.
Los agentes de la PSA revisaron a las mujeres por un lado y al hombre por otro. Detectaron que el hombre tenía un bulto en la zona inguinal y cuando los agentes le preguntaron qué era, había contestado: “Una hernia”. Lo llevaron a una oficina apartada de la zona de embarque para revisarlo en privado. Allí se comprobó que tenía una hernia inguinal. Cuando estaban terminando el papeleo del procedimiento los agentes notaron que Szuldman se había retirado. Hasta ese instante no había nada en su contra. Fue entonces que uno de los testigos del procedimiento contó que había visto a Szuldman tirar un lo que parecía un pañuelo de papel. Lo revisaron y contenía 15 gramos de cocaína. Y ahí comenzaron las complicaciones para Szuldman.
Al revisar el auto que había sido abandonado en el estacionamiento, no solo encontraron las armas sino también una bolsa con 54 gramos de cocaína. Y tres celulares. Y una lata de galletitas danesas de manteca con 19 gramos de marihuana. Y un picador de marihuana. Y una pipa. Y papel para armar cigarrillos. Y un frasco con 1,4 de marihuana. Y un colador. Y un tubito con 13 gramos de marihuana líquida. Y dos pequeñas bolsas con dos gramos de metafentamina.
Casanello descartó la situación de trata, lo sobreseyó por la tenencia de droga y lo procesó por la portación de las armas y el limado de una de ellas.
Pero la Cámara Federal revocó el sobreseimiento por la tenencia de la droga y le ordenó al juez dictar un nuevo pronunciamiento. Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi coincidieron en su voto y revocaron el sobreseimiento. En el voto de Llorens se explica que: “Recordemos que la investigación develó que el nombrado tenía en su poder 15 gr. de cocaína dentro del aeropuerto, de la cual quiso descartarse previa a su requisa. Sumado a ello se incautó dentro de su vehículo un total de 69 gr. de cocaína, 33.5 gr. de marihuana y 2.1 gr. de metanfetamina. La solitaria ponderación de esos números desafía por sí la alegada defensa del encartado, quien adujo que la tenencia de la droga tenía como único fin su consumo personal. Si a ello se suma que el nombrado tenía consigo esa droga mientras se trasladaba en su auto junto a dos jóvenes mujeres, y que en la causa no se acompañó si un solo informe médico que avalara su descargo, la decisión adoptada por el juez se aprecia huérfana de sustento”.
El tercer camarista, Leopoldo Bruglia, no se refirió al sobreseimiento por tenencia de escasa cantidad de droga porque entendió que no correspondía pronunciarse al respecto debido que esa decisión no había sido apelada. Los tres camaristas votaron por confirmar el procesamiento dictado por Casanello por la portación ilegal de armas de guerra y el encubrimiento.
Los dos camaristas que votaron por anular el sobreseimiento de Szuldman respecto de las drogas también recomendaron al juez Casanello profundizar la línea de investigación sobre trata de personas. Para los camaristas se debe indagar un poco más sobre la relación entre Szuldman y las dos jóvenes a las que invitó a viajar a Chile en un viaje que nunca se concretó. INFOBAE.