La AFIP modificó la cifra mínima por la que los bancos están obligados a informar automáticamente los movimientos de cuentas de sus clientes, gastos con tarjetas, extracciones y depósitos a plazo fijo. ¿Cuáles son los nuevos pisos?
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuáles los bancos y billeteras virtuales deben informar automáticamente al organismo, los movimientos en las cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de las y los contribuyentes.
Desde mayo, se elevará de $200.000 a $700.000 el monto mínimo que deben informar los bancos sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
Este monto de $ 700.000 es mensual e incluye todo tipo de acreditación. Además de los plazos fijos, la medida abarca a los depósitos, las transferencias recibidas y los saldos en cuenta, por lo que no es un monto significativamente alto.
La normativa de la autoridad tributaria, también incrementa de $120.000 a $400.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito.
Con estas modificaciones, los bancos podrán agilizar las operaciones y a su vez, recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas. La última actualización se había realizado a principios del año pasado.
Para los usuarios de billeteras virtuales, la AFIP también elevó los montos previstos para monitorear movimientos y readaptó el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago.
En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000.
Asimismo, para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC.
La AFIP actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas y tarjetas de las y los contribuyentes.
La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo: sube de $400.000 a $700.000
El monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito: se incrementó de $120.000 a $400.000.
Según aclaró la AFIP, estas modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.
Control de saldos: recomendaciones para evitar problemas con la AFIP
Conoce los topes: Es importante que estés al tanto de los nuevos límites para transferencias y saldos en billeteras virtuales.
Controla tus movimientos: Registra tus ingresos y egresos para asegurarte de no superar los topes mensuales.
Guarda comprobantes: Conserva los comprobantes de las transacciones que realices, especialmente las que superen los $400.000.
Es importante recordar que la AFIP tiene la facultad de controlar las transacciones bancarias realizadas a través de billeteras virtuales. El objetivo de estas medidas es combatir la evasión fiscal y proteger los ingresos del Estado.
Fuente: Aires de Santa fe